Solicitar una incapacidad permanente puede suponer un proceso tedioso para las personas que tienen que realizarlo, puesto que mientras padecen la enfermedad que les impide trabajar con normalidad, tienen que pasar pruebas médicas y presentar la documentación necesaria ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que es el órgano encargado de estudiar, valorar y, finalmente, otorgar o no la incapacidad del tipo que sea.
Esta sentencia en concreto trata sobre el caso de una trabajadora con incontinencia urinaria, es decir, la incapacidad para controlar la micción. Esto supone estar yendo continuamente al baño o tener pérdidas de orina involuntarias, por lo que casi para el desempeño de cualquier trabajo será un impedimento importante. Las causas pueden ser varias y se da tanto en mujeres como en hombres, por ello, tendrá que ser determinada por un médico la gravedad de la dolencia.
Un juzgado de Barcelona concede la incapacidad a una trabajadora
La trabajadora tenía 61 años y era técnica de educación infantil y tras la denegación del Instituto Nacional de la Seguridad Social de la incapacidad permanente solicitada por padecer incontinencia urinaria, la mujer decidió emprender una demanda contra este órgano. Y el Juzgado de lo Social número 28 de Barcelona finalmente ha estimado la petición de la trabajadora, concediéndole finalmente la incapacidad permanente.
El juzgado pudo comprobar a través de varios informes periciales médicos que, efectivamente, la técnica de educación infantil sufría cistocele. Esta es una patología concreta dentro de la incontinencia urinaria que la obliga a ir con una elevada frecuencia al baño, prácticamente cada 30 minutos, haciéndose así incompatible con su actividad laboral.
La trabajadora solicitó una baja temporal en 2022 debido a las molestias y dolores que le causaba esta enfermedad. Existe un informe médico de ese mismo año que certifica que la técnica de educación infantil padecía una patología urinaria junto con otra enfermedad por dolores lumbares. Debido a la persistencia de estas dolencias y a la imposibilidad de desarrollar su trabajo con normalidad, decidió presentar la solicitud para una incapacidad permanente absoluta para desempeñar cualquier tipo de actividad laboral, puesto que su enfermedad le hacía ir al baño continuamente.
La negación del INSS para conceder la incapacidad permanente
Los argumentos del Instituto Nacional de la Seguridad Social para denegar la petición de incapacidad permanente de la trabajadora se centran principalmente en que la enfermedad que esta alegaba no implicaban un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral. Tras esta denegación, la educadora acudió a unos abogados con los que formuló el recurso y estos defendieron la postura de su clienta presentando un informe médico que indicaba el grado severo y avanzado de incontinencia urinaria y todos los problemas que se derivaban de esta enfermedad.
De hecho, la mujer había sido operada hasta en dos ocasiones y desde entonces tenía que utilizar un pañal para evitar posibles escapes de orina. En el informe médico también se indicaba que la mujer padecía un trastorno que se conoce como nicturia, que consiste en la necesidad frecuente de orinar durante la noche interrumpiendo el ciclo normal del sueño y provocándole un cansancio extremo y migrañas que se estaba tratando en un hospital de Terrassa. Teniendo en cuenta todos estos argumentos probados, el Juzgado decidió conceder la incapacidad permanente a la trabajadora, en contra de lo que anteriormente había determinado el INSS.
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