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Inicio » Trámites » Los jubilados están exentos de estos 4 impuestos: Hacienda lo confirma

Los jubilados están exentos de estos 4 impuestos: Hacienda lo confirma

Los jubilados podrán librarse de varios tributos al cumplir ciertos requisitos, aliviando así su economía y aumentando su poder adquisitivo.

Por Madridinforma
23 de abril de 2025 a las 07:45
en Trámites
Tiempo de lectura: 4 minutos
Tres jubilados sonrientes revisan documentos y un libro mientras calculan los impuestos de los que Hacienda les exime

Jubilados revisando la información sobre los cuatro impuestos de los que están exentos tras la confirmación de Hacienda.

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Tras toda una vida de trabajo, muchas personas acceden a la pensión de jubilación con la esperanza de disfrutar de mayor tranquilidad. Sin embargo, es común preocuparse por las obligaciones fiscales que podrían reducir los ingresos mensuales, especialmente cuando la cuantía de la pensión resulta inferior a los salarios percibidos durante la etapa laboral. ¿Te interesa saber qué impuestos puedes dejar de pagar como jubilado y bajo qué condiciones? Aquí encontrarás todas las claves.

¿Qué ocurre con el IRPF si mi jubilación no supera 22.000 euros anuales y qué deducciones existen?

La mayoría de los jubilados están familiarizados con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que se aplica a todas las rentas de trabajo, incluidas las pensiones. No obstante, aquellos cuya prestación anual no supere los 22.000 euros quedan exentos de presentar la declaración de la Renta, de modo que no abonarían este impuesto.

Quienes superen ese límite pueden acceder a reducciones y deducciones especiales, lo que disminuye significativamente la base imponible. De hecho, existen deducciones por descendientes, ascendientes a cargo o personas con discapacidad que permiten un alivio fiscal considerable.

Cómo funcionan las exenciones en el IVA para productos de salud y servicios esenciales para jubilados

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se encuentra en la práctica totalidad de bienes y servicios que consumimos a diario. Sin embargo, los jubilados pueden ahorrar en la compra de productos y servicios de primera necesidad, como medicamentos, ciertos tratamientos médicos o prótesis que, en muchos casos, están exentos de IVA o se gravan a un tipo reducido.

Además, es posible beneficiarse de un IVA reducido en reformas destinadas a adaptar la vivienda a necesidades especiales. Pensemos, por ejemplo, en la instalación de rampas o barras de apoyo: una ventaja fundamental para quienes desean mantener su autonomía en el hogar.

Razones por las que el Impuesto sobre el Patrimonio puede quedar anulado al destinar ganancias a una renta vitalicia

Otro tributo que puede dejar de gravar a los jubilados es el Impuesto sobre el Patrimonio, especialmente en operaciones de venta de la vivienda habitual u otros bienes. Si el importe obtenido se reinvierte, dentro de los seis meses, en la constitución de una renta vitalicia asegurada (hasta un máximo de 240.000 euros), la ganancia queda exenta.

En caso de vender parte del patrimonio y destinar solo un porcentaje a la renta vitalicia, la exención fiscal se aplicará de forma proporcional. De este modo, se protege el ahorro de las personas retiradas y se fomenta su estabilidad financiera.

Motivos por los que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones puede no afectar a los pensionistas jubilados

Cada comunidad autónoma establece normas propias para el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, pero muchas ofrecen exenciones o importantes bonificaciones a los jubilados que heredan de familiares directos. Si la norma regional concede una reducción cercana al 99%, la cantidad a abonar se vuelve meramente simbólica.

Por consiguiente, este alivio fiscal busca reforzar la protección de los pensionistas, que a menudo viven con ingresos ajustados. Aun así, conviene revisar la legislación específica de cada territorio para aprovechar al máximo las bonificaciones. Para ver un resumen rápido, consulta la siguiente tabla:

ImpuestoCondición principal de exención o reducción
IRPFIngresos anuales inferiores a 22.000 €
IVACompras de productos médicos y servicios esenciales
PatrimonioReinvertir ganancia en renta vitalicia (máx. 240.000 €)
Sucesiones y DonacionesNormas autonómicas que bonifican hasta el 99% o eximen en herencias directas

¿Necesitas tenerlo aún más claro? A continuación se incluye una breve lista de las ventajas que suponen estas exenciones:

  • Aumentan el poder adquisitivo de los jubilados.
  • Reducen la carga fiscal en productos y servicios básicos.
  • Incentivan el uso eficiente de los ahorros y el patrimonio.

En definitiva, si cumples los requisitos para cada tributo, podrías reducir notablemente tu factura fiscal como jubilado. De ahí que resulte fundamental consultar las normas autonómicas, revisar los límites de rentas y, sobre todo, mantener la documentación actualizada para agilizar cualquier gestión. Además, puedes estar al tanto de otros trámites en nuestra plataforma web de noticias de la Comunidad de Madrid.

Etiqueta HaciendaTrámites

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