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Inicio » Trámites » El Gobierno aprueba una reforma integral de la incapacidad permanente: esto dice el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores

El Gobierno aprueba una reforma integral de la incapacidad permanente: esto dice el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores

Esta reforma tiene como objetivo principal evitar la discriminación laboral por motivos de discapacidad y fomentar la inclusión de personas con capacidades diferentes.

Por Madridinforma
23 de marzo de 2025 a las 20:00
en Trámites
Tiempo de lectura: 2 minutos
Reciente reforma aprobada.

El Gobierno aprueba una reforma integral de la incapacidad permanente: esto dice el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.

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El Gobierno de España ha aprobado recientemente una reforma significativa que modifica el tratamiento de la incapacidad permanente en el ámbito laboral. Esta reforma, que afecta directamente al Estatuto de los Trabajadores, elimina la posibilidad de que las empresas extingan automáticamente el contrato de trabajo de un empleado que haya sido declarado en situación de incapacidad permanente. La medida busca fortalecer los derechos laborales de las personas con discapacidad sobrevenida y promover su reintegración al mercado laboral.

Eliminación del despido automático por incapacidad permanente

Anteriormente, el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores permitía a las empresas rescindir el contrato de trabajo de manera automática cuando un empleado era declarado en situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. Con la reforma aprobada, esta posibilidad queda eliminada, obligando a las empresas a explorar alternativas que permitan la continuidad laboral del trabajador afectado. 

La modificación legal establece que, en caso de que un trabajador sea declarado en situación de incapacidad permanente, la empresa deberá evaluar la posibilidad de adaptar su puesto de trabajo o reubicarlo en otro compatible con sus capacidades residuales. Solo en el supuesto de que estas alternativas resulten inviables o supongan una carga excesiva para la empresa, se podrá proceder a la extinción del contrato, siempre con la correspondiente indemnización. 

Implicaciones para trabajadores y empresas

Esta reforma tiene como objetivo principal evitar la discriminación laboral por motivos de discapacidad y fomentar la inclusión de personas con capacidades diferentes en el entorno laboral. Para los trabajadores, representa una garantía adicional de estabilidad laboral y la posibilidad de continuar desarrollando una actividad profesional adaptada a sus nuevas circunstancias.

Por otro lado, las empresas deberán asumir un rol más activo en la gestión de la diversidad funcional, implementando medidas de adaptación de puestos de trabajo y promoviendo políticas inclusivas. Esto podría implicar inversiones en formación, accesibilidad y ergonomía, entre otros aspectos, con el fin de garantizar un entorno laboral adecuado para todos los empleados.

Además, la reforma contempla la posibilidad de que los trabajadores en situación de incapacidad permanente puedan compatibilizar su pensión con la realización de actividades laborales, siempre que estas sean compatibles con su estado de salud y no representen un riesgo para su bienestar. Esta medida busca incentivar la reincorporación al mercado laboral y aprovechar el talento y la experiencia de estos profesionales.

Cualquier modificación o reforma que se plantee en esta materia la publicaremos en nuestra sección de trámites. Síguenos para estar al día de todo lo que sucede en la Comunidad de Madrid.

Etiqueta Trámites

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