La prestación por maternidad, ahora denominada por nacimiento y cuidado del menor, es un derecho al que pueden acceder las trabajadoras que han sido madres recientemente. Sin embargo, surgen dudas sobre si es posible compatibilizar esta prestación con otras ayudas económicas, como el paro o algún subsidio por desempleo. El SEPE ha aclarado en que situaciones una persona puede recibir simultáneamente la prestación por maternidad y otras ayudas. La clave está en la situación laboral de la persona beneficiaria antes de solicitar la baja por maternidad. En función de si estaba trabajando o cobrando alguna ayuda por desempleo, las condiciones pueden variar.
Compatibilidad entre la baja por maternidad y el paro
Si una persona estaba cobrando prestación contributiva por desempleo (paro) y da a luz, el SEPE establece que el cobro de este se suspende de forma automática. En su lugar, comenzará a percibir la prestación por maternidad a través de la Seguridad Social. Esta ayuda se calcula en base a la base reguladora de la trabajadora y cubre el 100% de la base de cotización.
Este cambio se realiza porque la prestación por maternidad tiene prioridad sobre el paro. Una vez finalizada la baja por maternidad, si la persona sigue sin empleo, puede reactivar la prestación por desempleo que quedó suspendida en el momento de iniciar la baja. Para ello, deberá solicitar la reanudación en el SEPE dentro de los 15 días hábiles siguientes a la finalización de la prestación por maternidad. En el caso de las trabajadoras autónomas que estén cobrando su paro (cese de actividad), ocurre lo mismo.
¿Se puede cobrar un subsidio y la prestación por nacimiento y cuidado del menor al mismo tiempo?
El SEPE también ha aclarado que no es posible compatibilizar un subsidio por desempleo con la baja por maternidad. Al igual que sucede con el paro, el subsidio queda suspendido mientras la persona percibe la prestación por maternidad.
Los subsidios que pueden verse afectados incluyen el subsidio por insuficiencia de cotización, el subsidio para mayores de 52 años, la renta activa de inserción (RAI) y el subsidio extraordinario por desempleo (SED). Durante la baja por maternidad, el SEPE deja de abonar estas ayudas, ya que la Seguridad Social asume el pago de la prestación correspondiente.
Una vez finalizada la baja por maternidad, la persona beneficiaria podrá solicitar la reanudación del subsidio, siempre que siga cumpliendo los requisitos establecidos para su percepción. En algunos casos, como el subsidio para mayores de 52 años, se mantiene la cotización durante el tiempo que dura la prestación por maternidad, lo que permite continuar acumulando derechos para la pensión de jubilación.
Accede a nuestra sección de prestaciones para conocer los pormenores de las ayudas de las que disponemos en la Comunidad de Madrid.