Confirmado por el SEPE: quienes cobren menos de 888 euros al mes podrán cobrar esta ayuda

Fecha de publicación: 12 de marzo de 2025 a las 12:03
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El subsidio del SEPE que pueden cobrar estas personas.

El Servicio Público de Empleo Estatal es la administración pública que se encarga de controlar y gestionar las ayudas para cubrir las necesidades de las personas desempleadas. Con la gama de prestaciones y subsidios que se ajustan a cada una de las situaciones de miles de personas y familias que se encuentran debido al desempleo de uno o varios de sus miembros.

La subida del salario mínimo interprofesional conlleva novedades relacionadas con las ayudas y los subsidios del SEPE. En concreto, el incremento del SMI supone un aumento del ingreso mensual máximo que recibirán los solicitantes de los distintos subsidios. El principal requisito para cobrar esta ayuda es no superar el 75% del SMI, por lo que si este incrementa, el límite para percibir la prestación también. 

La subida del SMI de 700 euros al año

El salario mínimo interprofesional ha subido en concreto unos 50 euros al mes en 14 pagas, lo que supone unos 700 euros al año. Se calcula que esta subida beneficiará a unos 2,5 millones de trabajadores. Pero también afectará a aquellos que no superen el 75% de este SMI, es decir, que no superen los 888 euros al mes, el resultado de aplicar el porcentaje a los 1.184 euros, la cantidad actual de SMI. Está pensado para aquellos trabajadores que trabajen a jornada parcial o media, aunque ahora también se puede acceder si se trabaja a jornada completa.

La prestación para los trabajadores que cobren menos de 888 euros 

Al igual que los que superen este límite, tras la reforma de prestaciones asistenciales en noviembre del año pasado, reformularon varios de los subsidios y ayudas a los que pueden acceder los trabajadores que no lleguen a cierto límite y los desempleados. Uno de los más reconocidos es el subsidio de cotizaciones insuficientes, destinado a aquellas personas que no coticen lo suficiente como para percibir la prestación por desempleo, también conocido como paro y al que pueden acceder tanto desempleados como trabajadores a tiempo parcial.

Ahora, basta con haber cotizado 3 meses (antes eran 6) y las cuantías dependerán del IPREM de cada momento y se cobrará el 95% de este durante los primeros 180 días, el 90% del día 181 al 360 y del 80% a partir del día 361. Los requisitos para acceder a este subsidio en concreto son el de estar en desempleo total o trabajando a jornada parcial, haber cotizado durante al menos 90 días (3 meses), no tener derecho al paro, encontrarse en una situación de incompatibilidad, carecer de rentas propias o familiares y presentar la solicitud del subsidio dentro del plazo de los 6 meses posteriores al hecho causante.

Para conocer sobre más ayudas y subsidios a los que puedes acceder, visita nuestra sección de prestaciones en la que cada día actualizamos con las últimas novedades sobre cada una de ellas.

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