Estar al día con Hacienda y cumplir con todos los documentos en plazo puede resultar algo tedioso. Cuando tenemos, además, bienes en el extranjero, esto se puede complicar debido a que tenemos que constatar ante la Agencia Tributaria española cuáles son estos bienes o ingresos que tenemos fuera de nuestro país.
La misión de Hacienda es conocer y controlar el patrimonio conjunto que poseen los contribuyentes que residen de forma legal en España, tanto si esos bienes están dentro o fuera de las fronteras. Estos bienes podrán ser de naturaleza de cualquier tipo: valores, acciones, seguros, cuentas bancarias, bienes muebles o inmuebles y tendremos que declararlos mediante un documento concreto a la Agencia Tributaria. El modo de hacerlo es de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
El documento a presentar antes del 31 de marzo para evitar la multa de Hacienda
El documento a presentar es el famoso modelo 720, que ha sido objeto de críticas y ha recibido el rechazo por parte de instituciones europeas, y el plazo fijado es hasta el 31 de marzo. Por lo tanto, si poseemos bienes, del tipo que sean, en el extranjero, debemos rellenar y presentar este modelo ante Hacienda antes del 31 de marzo para no recibir ninguna multa por parte del organismo tributario. Eso sí, existe un límite: si el conjunto de todos esos bienes no superan los 50.000 euros, no habrá que presentar el modelo.
Las multas que impone Hacienda por incumplir esta declaración, pueden llegar a ser bastante cuantiosas, dependiendo del valor de los bienes que no se declaren. Esto implicaría no estar al día con las obligaciones fiscales y de este incumplimiento se derivarían las multas. Así se establece en los artículos 198 y 199 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y en los artículos 14 y 14 del Reglamento General del Régimen Sancionador Tributarios.
Según se recoge en estos preceptos legales, las cuantías de estas sanciones podrían oscilar entre los 100 y los 20.000 euros por incumplir la obligación de comunicación del domicilio fiscal y las condiciones de las autorizaciones, así como no presentar dentro del plazo las declaraciones. Y si se presentan de forma incorrecta estas declaraciones, las multas podrán ser desde los 150 euros hasta el 2% del valor de las operaciones no declaradas.
La justicia europea anula el modelo 720
El Tribunal Superior de Justicia Europeo declaró en 2022, mediante sentencia, el modelo 720 como contrario al Derecho de la Unión. El tribunal europeo lo considera una vulneración a la libertad de circulación de capitales y, además, consideró que las multas pecuniarias son desproporcionadas.
En el fallo se recoge como España ha incumplido las obligaciones del principio de libre circulación y que establecen una diferencia de trato entre los residentes en España según el lugar en el que tengan algunos de sus bienes. Las declaraciones del Gobierno en ese momento versaron sobre la modificación del modelo 720 para ajustarse a los estándares europeos, pero este modelo aún sigue en vigor.
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