Los primeros años de la vida de un niño suelen suponer un importante desembolso económico por parte de los padres además de las gestiones para poder cuidar de los menores mientras son pequeños. Para ello, el Estado prevé una serie de ayudas como respuesta a estas necesidades para los padres y madres que las necesiten.
También se otorgan estas ayudas en el marco de medidas para fomentar la natalidad, puesto que este se ha convertido en un gran problema en nuestro país. Además de las prestaciones económicas, también existen 16 semanas de descanso laboral para cada progenitor e intransferibles entre ellos.
Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que es el que se encarga de tramitar estas ayudas y permisos, en 2024 se beneficiaron un total de 222.784 madres y 250.717 padres de la prestación por nacimiento y cuidado del menor, que hacen un total de 473.501 prestaciones disfrutadas.
Requisitos para poder acceder a esta ayuda
Estas ayudas van dirigidas a las personas trabajadoras que han tenido, van a tener hijos o tienen pensado adoptar o quienes van a acoger a menores a su cargo. Los requisitos serán: estar dados de alta en la Seguridad Social y estar al corriente de pago o, aunque no estés dado de alta en el sistema de Seguridad Social, te encuentres en alguna de estas situaciones:
- Eres menor de 21 años.
- Tienes entre 21 y 25 años y has cotizado al menos 180 días en tu vida laboral o 90 días en los últimos 7 años.
- Tienes más de 26 años y has cotizado al menos 360 días a lo largo de tu vida laboral o 180 días en los últimos 7 años.
La cuantía de estas prestaciones depende de cada persona, ya que es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción o acogimiento y el INSS lo abona directamente durante las semanas que dura el permiso laboral.
Cómo solicitar la prestación por nacimiento y cuidado de menores
El trámite para solicitar esta ayuda es muy sencillo y se puede hacer de forma online, por correo ordinario o de forma presencial. Para el primer caso, será necesario disponer de certificado digital electrónico y se hará a través de su sede electrónica. En el caso de optar por las otras opciones habrá que descargar el formulario, rellenarlo y mandarlo a la dirección postal de una oficina junto con la documentación requerida o bien llevarla de forma presencial.
La documentación necesaria para que se pueda llevar a cabo su tramitación será: solicitud de la presentación, DNI, informe de maternidad, libro de familia y la resolución judicial por la que se constituye la adopción o el acogimiento familiar en cada caso. Puedes realizarlo a través de la página web de la Seguridad Social.
Para estar al día sobre ayudas a las que puedes optar según tu situación, puedes acceder a nuestra sección de trámites en la que explicamos en los artículos como acceder a todo tipo de prestaciones.