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Inicio » Prestaciones » Accede a esta ayuda de forma indefinida y no es el Ingreso Mínimo Vital: requisitos y documentación a presentar

Accede a esta ayuda de forma indefinida y no es el Ingreso Mínimo Vital: requisitos y documentación a presentar

Por Madridinforma
9 de enero de 2025 a las 13:45
en Prestaciones
Tiempo de lectura: 4 minutos
Accede a esta ayuda de forma indefinida y no es el Ingreso Mínimo Vital: requisitos y documentación a presentar

Accede a esta ayuda de forma indefinida y no es el Ingreso Mínimo Vital: requisitos y documentación a presentar.

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dispone de una ayuda que puedes cobrar de forma indefinida, siempre y cuando cumplas con los requisitos. Se trata un importe correspondiente al 80% del IPREM que puedes cobrar hasta que llegue a la edad de jubilación ordinaria, donde pasarás a cobrar la pensión contributiva. Puede ser una gran salida financiera en algunos supuestos, ya que si te quedas sin ingresos, te dará un respiro económico y sin que afecte a la cotización de la Seguridad Social, puesto que encima se tomará como base el 125% de la base mínima de cotización (el que esté vigente en dicho momento).

Qué ayuda del SEPE es la que puedes cobrar hasta llegar a la pensión de jubilación y cuál es el perfil que se necesita

La ayuda a la que estamos haciendo referencia del SEPE, es el subsidio para mayores de 52 años, cuyo importe es de 480 euros al mes, pero cotizas por el 125% de la base de cotización vigente para la pensión contributiva. Al igual que el Ingreso Mínimo Vital, se trata de una ayuda indefinida, pero en este caso cuando llega a la edad de jubilación ordinaria, se pasará a cobrar la pensión. Lo que diferencia este subsidio del IMV es que, esta última, se puede cobrar mientras se cumplan con los requisitos, lo que hace que no tenga límite de tiempo. 

Como requisitos necesarios para acceder a esta ayuda del SEPE para mayores de 52 años, se piden que los solicitantes cumplan con algunas situaciones concretas. Por ejemplo, haber agotado el paro el día 1 de noviembre de 2024 y también a posteriori, o estar en situación de desempleo desde el mismo día, pero habiendo cotizado al menos 90 días. La edad lógicamente será otro requisito, y también se podrá solicitar si estás trabajando a tiempo parcial. Saber que en el caso de que agotar el paro o estar en situación legal de desempleo, se pide acreditar unas condiciones:

  • Cumplir con todos los requisitos para acceder a la pensión contributiva, menos el de la edad.
  • Tener cotizados por desempleo 6 años mínimo.
  • No tener rentas propias (hay que mantenerlo durante toda la prestación).

En el caso de cumplir todo lo anterior, y llegar a los 52 años de edad, mientras cobras el subsidio (agotamiento de la prestación contributiva, cotización insuficiente para prestación contributiva, emigrante retornado o víctima de violencia de género), también se puede solicitar la ayuda para mayores de 52 años, y cuando tengas el derecho a reanudar cualquier subsidio. Ahora bien, no podrás acceder al subsidio para mayores de 52 años, cuando has cobrado o agotado la RAI (Renta Activa de Inserción), la prestación por cese de actividad o subsidio extraordinario (SED).

Cuáles son los documentos necesarios para solicitar esta ayuda del SEPE

Toda persona que quiera acceder a este subsidio para mayores de 52 años, lo primero es tener la edad o más, y haber agotado el paro o subsidio por desempleo. Bien, además, se va a pedir una serie de documentos que habrá que presentar:

  • Modelo de solicitud (con declaración responsable de rentas e ingresos).
  • DNI, NIE, Pasaporte en Vigor o TIE.
  • Un documento bancario donde se refleje ser titular (donde se cobrará la prestación).
  • Declaración del IRPF.
  • Justificante de rentas (si la entidad gestora lo solicita).

Saber que se pueden presentar estos documentos al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), a través de las siguientes oficinas y registros electrónicos:

  • Registro electrónico del SEPE.
  • Oficinas de Correos.
  • Representaciones diplomáticas u oficinas consulares.
  • Oficinas de asistencia en registros.
  • Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Sector Público.

No obstante, tienes toda la información relativa a este subsidio para mayores de 52 años del SEPE, en la propia web de dicha entidad. Sigue al tanto sobre más noticias, desde el apartado de prestaciones de nuestra web de la Comunidad de Madrid y así estar informado sobre nuevas y novedosas ayudas.

Etiqueta PrestacionesSEPE

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