Cuando hablamos de las pagas extras, hacemos referencia a las dos gratificaciones que un trabajador tiene al año. Se trata de un derecho, según el artículo 31 del Estatuto de los trabajadores, y se cobran en Navidad y en verano, aunque esta última se puede fijar según convenio o acuerdo de empresa y representantes. El motivo de que se perciban en estos meses, suele ser porque son épocas donde las familias tienen más gasto. Lo más habitual de los trabajadores en España, son 14 pagas anuales, 12 mensualidades y 2 extraordinarias. Ahora bien, si por convenio o acuerdo, se decide recibir el salario en 12 pagas, las extras se prorratearán en cada una de estas. En esta noticia, te mostramos qué hay que hacer si tienes derecho a la paga extra, como la de Navidad, y tu empresa no te la paga.
Qué es mejor 12 o 14 pagas extraordinarias
Las pagas extras no tienen en cuenta los complementos de la nómina, es decir, que se recibirá el salario base sin incluir antigüedad, peligrosidad, nocturnidad, turnos, plus de transporte, etc. Ahora, en la fecha en la que estamos, ha llegado la paga extraordinaria de Navidad, la cual ya se ha cobrado por algunas personas junto con la mensualidad de noviembre. No obstante, otros trabajadores y trabajadoras la recibirán a mediados de diciembre, y lo harán normalmente antes del 25 de dichos mes.
Respecto a si es mejor recibir 12 o 14 pagas, se puede decir que es una decisión que afecta a la planificación del hogar. Lo normal de españoles que trabajan, es cobrar 14 pagas a lo largo del año, donde están incluidas las 2 pagas extras (Navidad y verano). Así, llegadas estas fechas tan señaladas como las vacaciones de agosto y las fiestas navideñas, hace que supongan un respiro económico. Sea 12 o 14 pagas, se va a cobrar los mismos durante un año.
Cómo tengo que actuar si no he cobrado la paga extra de Navidad
Cuando la empresa donde estés trabajando no pague la paga extra de Navidad que te corresponde, sea por el motivo que sea, hay que actuar. Para ello, se tiene que empezar una reclamación, aunque habrá que esperar un año desde que se dejó de abonar dicho pago. Después de este tiempo, habrá que reclamar ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación. En caso de no haber solución por esta vía, se puede iniciar una demanda por vía judicial a la compañía, en el Juzgado de lo Social.
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