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Inicio » Prestaciones » Estos son los cambios de porcentajes en las pensiones para 2027

Estos son los cambios de porcentajes en las pensiones para 2027

Por Madridinforma
7 de diciembre de 2024 a las 10:03
en Prestaciones
Tiempo de lectura: 3 minutos
Las modificaciones en los tramos de cotización para la jubilación que cambian para 2027.

Estos son los cambios de porcentajes en las pensiones para 2027

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Para calcular la cuantía de la pensión de jubilación se tienen en cuenta dos variables: el total de años cotizados a lo largo de la vida laboral y el total de las bases de cotización acumuladas durante los últimos 25 años. Para este cálculo se tienen en cuenta todas las cotizaciones obtenidas en los diferentes regímenes de la Seguridad Social, aunque estos se hayan ido modificando. Hay casos concretos en los que existen largas carreras de cotización que dan derecho a cobrar dos pensiones de jubilación a la vez.

La Seguridad Social calcula la cuantía correspondiente de cada jubilado teniendo en cuenta la base reguladora. Este es un indicador que representa el 100% de la pensión a la que se tendría derecho en función de los años cotizados. Para determinarlo, hay que tomar las bases de cotización de los últimos 25 años y dividirlo entre 350. Para los casos de pluriempleo se computan las bases de todas las empresas en las que la persona haya trabajado hasta el límite máximo de cotización.

¿Cuáles serán los porcentajes en 2027 con los cambios que se esperan?

Hasta ahora, para tener derecho al 100% de la base reguladora es necesario tener cotizados 36 años y 6 meses, siendo válido para los cálculos de 2024, 2025 y 2026. Sin embargo, a partir de 2027, los porcentajes cambian. Se seguirán manteniendo los 15 años de cotización mínima para cobrar el 50% de la base reguladora. Pero, a partir de ahí, por cada mes adicional se sumará un 0,19% (ahora es 0,21%) desde el mes 1 al 248, y para los 16 meses siguientes se sumará un 0,18% (ahora es 0,19%) hasta llegar al 100%. Esto hace que sean necesarios 37 años cotizados para alcanzar el total de la pensión que nos corresponda.

Novedades respecto a la ampliación de la edad de jubilación

La Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre la actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social y que entró en vigor el 1 de enero de 2013, modifica, entre otros aspectos, la edad de jubilación. A partir de dicha fecha, esta depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, requiriendo haber cumplido la edad de 67 años o 65 cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización.

Desde 2013, esta relación entre edades de jubilación y períodos de cotización se han ido aplicando de forma gradual. Al comienzo, si la persona había cotizado 35 años y 3 meses o más, se podía jubilar a los 65 años y si había cotizado menos de 35 años y 3 meses, la edad exigida para jubilarse era de 65 años y 1 mes. Todas estas cifras han ido aumentando hasta que en 2027 sea necesario haber cotizado 38 años y 6 meses o más para poder jubilarse a los 65 años y en el caso de haber cotizado menos, la edad aumentará hasta los 67 años. Si quieres mantenerte informado/a sobre más noticias como esta, visita nuestra sección de prestaciones.

Etiqueta PrestacionesSeguridad Social

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