¿A qué empleado/a no le gusta que su empresa le entregue una cesta de Navidad en estas fechas? Recibir este regalo por parte del jefe es algo que siempre es bien recibido, disfrutando así del jamón, queso, vino, turrones y otros productos que suelen llevar. Pero, ¿están las empresas obligadas a regalar una cesta de Navidad a sus trabajadores? Para responder a esta pregunta es necesario analizar cada caso concreto, ya que los motivos de que se entregue a los empleados puede tener su origen en varios motivos y que, en ocasiones, puede ser exigible por parte de los trabajadores. No obstante, ¿sabes que estos regalos de la cesta de Navidad pueden afectar a tu nómina? Analicemos en detalle esta situación para que comprendas todo mejor y que explicamos en esta noticia.
Una tradición de muchas empresas es la cesta de Navidad, pero ¿están obligadas a hacer este regalo?
Muchos empleados esperan con ilusión recibir una cesta de Navidad por el buen trabajo durante todo el año. De hecho, para muchas empresas, se trata de una tradición el regalar estos productos a los trabajadores que a su vez fortalece lazos y mejora el ambiente laboral. Es importante saber que las cestas de Navidad no son un derecho que ser reconozca en el Estatuto de los Trabajadores, y, por tanto, las empresas no están obligadas a entregarlas a los empleados. El que una empresa decida regalar una cesta de Navidad a los trabajadores viene motivada por los siguientes orígenes:
- Que se trate de un acto voluntario o de liberalidad por parte del jefe o empresario.
- Como un beneficio en la relación laboral (acto consciente, voluntario de la empresa).
- Por acuerdo, pacto o convenio, individual o colectivo (en este caso se puede considerar como un derecho).
Con estos aspectos a tener en cuenta, la jurisprudencia indica que una entrega constante en el tiempo, no conlleva el reconocimiento a condición beneficiosa o derecho adquirido. En este sentido, para que una adquiera tan condición, se deberá introducir esta voluntad por parte de la empresa en el acuerdo laboral. De hecho, según el Tribunal Supremo, “es necesario que dicha actuación persistente describa la voluntad empresarial de introducir un beneficio que incremente lo dispuesto en la ley o el convenio”.
Las cestas de Navidad que se regalan a los trabajadores se incluye en la nómina como retribución en especie
Cuando un trabajador ha estado recibiendo la cesta de Navidad todos los años y este año no la recibe, puede reclamarla a la empresa, cuando su origen está en un derecho. Es decir, como hemos dicho anteriormente, si está incluida en una norma, acuerdo o convenio. Otro de los aspectos a tener en cuenta, es que las cestas de Navidad que se entreguen a los trabajadores se consideran retribuciones en especie y, por tanto, se tiene que tributar el IRPF. Además, verá reflejado en los bases de cotización. Todo esto hace que se tenga que incluir en la declaración de la Renta como rendimientos del trabajo. También, la empresa aplicará en la nómina la correspondiente retención, según el valor de mercado de la cesta de Navidad, reduciendo el importe neto.
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