Queda un mes para que finalice el plazo de solicitud de la ayuda para el cambio de calderas, concretamente hasta el 22 de noviembre. Esta medida, informada en el Decreto 1135, de 4 de abril de 2024, por el Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, pretende combatir el efecto invernadero en la temporada alta de consumo de este tipo de instalaciones. Se sustituirán las calderas y calentadores antiguos por equipos más modernos y eficientes. Con esta acción, se reducirán las pérdidas de calefacción y las emisiones.
¿Qué requisitos hay que cumplir para poder obtener la ayuda del cambio de calderas?
El Plan Renove del programa de ayudas Cambia 360, está destinada a los residentes en Madrid. Los beneficiarios deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser persona física, jurídica, comunidad de bienes, u otro ente sin personalidad jurídica propia.
- Se consideran como inversiones subvencionables susceptibles de ayuda la reforma de instalaciones térmicas que dispongan de generadores de calor que utilicen gasóleo y se sustituyan, total o parcialmente, por otros generadores de calor que obtengan la energía de redes de suministro.
- Aquellas reformas consistentes en la sustitución de instalaciones centralizadas de calefacción de edificios de uso residencial privado por instalaciones térmicas individuales en cada vivienda, solo podrán ser objeto de incentivo si los generadores de calor no producen emisiones locales, quedando excluidos los aparatos que empleen únicamente efecto Joule directo para generar calor para calefacción.
- En ningún caso se considerarán actuaciones elegibles aquellas que se hagan sobre las instalaciones térmicas en edificios de nueva construcción, ni las realizadas en la ampliación de las instalaciones térmicas de edificios existentes, ni las que se realicen en las instalaciones térmicas de edificios existentes sometidos a un cambio de uso.
- Los aparatos que se instalen han de ser nuevos, lo que se acreditará por la Empresa Instaladora habilitada que realice la sustitución.
- En ningún caso se podrá acoger a las ayudas la compra sin instalación, lo que se acreditará mediante el certificado de instalación de la reforma de la instalación.
- Es requisito indispensable que se solicite el diligenciado del certificado de la instalación térmica reformada al órgano competente de la Comunidad de Madrid antes del 31 de diciembre de 2024 y que sea finalizado el procedimiento antes del 28 de febrero de 2025.
- Los generadores de calor sustituidos deberán ser inutilizados y entregados a un gestor de residuos adecuado para su tratamiento, lo que se acreditará mediante certificado expedido por la Empresa Instaladora habilitada que certifique la realización de la reforma, en el que se identificará el gestor de residuos al que se han entregado los generadores de calor sustituidos.
¿Cómo puedo solicitar la subvención?
El proceso de solicitud no tiene mucho misterio. En primer lugar, debes rellenar el formulario de inscripción. Cuando todos los campos estén cumplimentados, deberás hacer clic en la pestaña que aparece en la parte inferior de la página “Aceptar e imprimir”. Tiene que ser firmado por el interesado o su representante. Una vez seguidos estos pasos, deberá remitirse al correo electrónico cambia360@agremia.com.
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