Desgraciadamente, la mayoría nos hemos visto en la situación en la que se acaba una relación laboral (que te echen básicamente). Llegado ese fatídico día, en nuestra última nómina debe de venir el finiquito que nos corresponde. Como norma, o por lo menos en mi caso, no le he echado muchas cuentas a la cantidad, confiando ciegamente en la empresa que me ha “dado la patada”, craso error. Hay que estar atento y saber con exactitud que baremos se usan al calcular la cuantía final, para que no te den gato por liebre. A continuación vamos a desentrañar los entresijos de los finiquitos.
¿Cómo saber cuanto me tiene que pagar la empresa por despido?
Antes de continuar, debes saber que el finiquito representa la liquidación de sumas monetarias que, entre otros documentos, marca el cierre de la relación laboral entre el empleado y la empresa. Puede ir acompañado de la carta de despido u otros documentos si el contrato del trabajador lo estipula y el convenio lo detalla. Existen varios factores que determinarán la cuantía final que aparecerá en nómina, y son:
- El mes en curso.
- Las pagas extra.
- Las horas extra.
- Vacaciones pendientes.
- Otros conceptos que te paguen de manera no mensual, como por ejemplo bonus por productividad.
En estos conceptos hay singularidades, no se usará una métrica exacta para todos. Los trabajadores tienen derecho a 30 días de vacaciones por año trabajado, según lo estipulado en el Estatuto de Trabajadores; pero hay ciertos convenios colectivos que lo mejoran. Para las pagas extras, habrá que comprobar si las tenemos semestrales, anuales o prorrateadas.
Es básico que el trabajador firme el despido, aceptando la cantidad adeudada correspondiente. Pero ojo, esto no quiere decir que ya no se pueda reclamar después de sellar la rúbrica. Según la legislación vigente, en algunos casos la autoridad laboral permite impugnar el finiquito incluso después de haberlo firmado. En caso de no firmarlo se da por sentado que no se está de acuerdo, lo que llevará a un contencioso donde se resolverá. Como dato curioso, que un servidor desconocía, la empresa debe obtener la firma de uno o varios testigos que confirmen la entrega del documento por parte de esta, si has dicho no haberla recibido.
¿Qué hago si no estoy de acuerdo con mi finiquito?
Tanto si la empresa te lo paga como si no te lo paga, puedes acudir mediante demanda a la vía judicial, en reclamación de lo que consideras que te has ganado con tu sudor. Deberás seguir los pasos indicados antes: primero, presentar papeleta de conciliación y, si no hay acuerdo, demandar ante el Juzgado de lo Social. Son casos extremos, ya que como norma, a la empresa en sí no le interesa llegar a ese punto, siempre y cuando el trabajador tenga la razón.
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