¿Alguna vez has visto una especie de tren por carretera? España es un país donde el transporte por carretera está a la orden del día, y donde de hecho, hasta el 93% de las mercancías llegan a través de esta vía, según un informe anual del Observatorio del Transporte y la Logística. Por ello, la DGT, con intención de mejorar la emisión de contaminantes con una mayor cantidad de mercancía, ha autorizado la circulación de unos camiones gigantes de 32 metros de largo y hasta 70 toneladas, que no van a pasar desapercibido, pero tendrán una serie de limitaciones por el gran tamaño que tienen.
Cuáles son estos supergigantes conocidos como trenes de carretera
Conocidos como trenes de carretera, estos nuevos camiones de tipo euromodular, de gigantes dimensiones, dan paso a una modificación del reglamento de 2015. En dicha norma dela DGT, se establecía el permiso de circular a camiones de hasta 25,25 metros de largo y hasta 60 toneladas. Actualmente, con una nueva instrucción (MOV 2023/28), que no salió adelante, se añade un nuevo vehículo a las carreteras españolas en este año 2024: el dúo-tráiler.
Se trata de un vehículo, de más de 6 líneas de eje y dos semirremolques conectados por un dolly. Además, está formado por un chasis, sistema de frenado y uno o dos ejes de suspensión neumática. Como indicamos al inicio, con esta forma de transporte se puede llevar el doble de mercancía y contraminar menos (reducción entre el 25-30%), según indica el vicepresidente ejecutivo de (ASTIC).
Para circular con estos camiones gigantes se necesita una autorización de la DGT
El vehículo dúo-tráiler, es un camión gigante que existe desde 2018, aunque ha estado en pruebas e investigaciones, sacando información sobre seguridad para su mejora. Ahora, tras cinco años de conocimientos sobre estos vehículos, se han autorizado para circular por lugares concretos. Por tanto, es necesario una autorización para coger estos camiones, y la cual, debe pedirse a la DGT, para todo el país (excepto País Vasco, Cataluña y Navarra), indica Mª Anuncia Ocampo. Lo que sí puede hacer es circular durante 25 km por carretera convencional entre la salida/entrada a una autopista/autovía y el lugar de carga y descarga de la mercancía.
Además, no es posible su circulación por carreteras convencionales, siempre que no haya un rango de visión de 150 metros por delante y por detrás o cuando haya una alerta meteorológica. Otra de las desventajas, es la limitación del radio de giro, zonas de repostaje y parkings, por el tamaño de los mismos.
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