Cuando hablamos de la pensión entre exparejas, hacemos alusión a una prestación económica que un cónyuge puede pedir al otro, en caso de divorcio o separación. Es decir, se trata de una pensión compensatoria, que hay que pagar en estas situaciones. De esta forma se quiere mantener el desequilibrio económico, en caso, de que una de las partes vea reducido considerablemente su nivel de vida, a causa, de tal divorcio o separación. En esta noticia, vamos a ver qué pasaría, si dejas de pagar esta pensión y cuándo podría dejar de pagarla.
Causas que determinará cuánto tengo que pagar de pensión compensatoria y formas de pagar a tu expareja
Es importante saber que la cuantía de la pensión compensatoria, va a ser diferente una de otras, ya que dependerá de cada situación. Por tanto, no existe un importe fijado, sino que serán los jueces o la propia pareja quien lo acuerde. Para determinar el desequilibrio económico, y así establecer una cuantía que se pagará mes a mes, se considera los siguientes puntos:
- Edad y salud de cada uno de la pareja.
- Profesiones y oportunidades de trabajo.
- Tiempo de dedicatoria a la familia, tanto en el pasado como el futuro.
- Ayuda aportada a la pareja.
- Acuerdos previos del matrimonio.
- Patrimonio y necesidades económicas de ambos.
- Cualquier detalle de interés a tener en cuenta.
- Duración del matrimonio y tiempo de convivencia.
Estas ayudas se dan tanto en hombre como en mujeres, aunque lo más normal es que sean los hombres quienes más realicen estos pagos. Pues bien, una vez se establezca la cantidad de la pensión compensatoria, en función de los puntos anteriores, se podrá optar por alguna de estas formas de pago:
- Eligiendo una cuantía determinada e invariable, mes a mes.
- Marcar un porcentaje sobre el dinero a ingresar mensualmente.
- Pago único.
Qué ocurre si se deja de pagar la pensión compensatoria
Es cierto que puede llegar un momento donde se deje de pagar esta pensión compensatoria o de reducirla, cuando la situación económica del pagador, empeora. Bien, la principal causa que hace desaparecer el pagar la pensión (extinción), es la convivencia estable con una tercera persona.
Cuando ocurra el caso, de que el cónyuge no pague, pudiendo hacerlo, se puede reclamar el pago, a través de una demanda de ejecución dineraria, firmada por abogado y procurador. De esta forma, se van a reclamar, la cuantía del impago, intereses de demora y costas. En caso de no pagar, se embargará la nómina, sueldo, pensión o ayuda que esté cobrando. Hay que saber, que existe un plazo de prescripción, el cual es de 3 años.
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