La fe de vida y estado, es un documento que expide el Registro Civil para acreditar que la persona que la solicita está viva y donde se indica también el estado civil. Además, esto es un papel o certificado que hay que aportar anualmente para poder seguir cobrando las pensiones de jubilación sin problema. No obstante, aunque es algo necesario para todos los pensionistas, no todas las personas deben hacer esta gestión para percibir dicho pago, siendo tan solo obligatorio para un colectivo específico y con unas condiciones concretas.
Solo los pensionistas extranjeros están obligados a presentar este documento para no perder la pensión: Dónde se solicita
Si acabas de empezar a cobrar por ser pensionista y te preocupan cómo gestionar los papeleos para seguir percibiendo este pago de la Seguridad Social, no tienes por qué preocuparte si vives en España. De hecho, la fe de vida es un documento que solo tiene que enviar las personas que sean pensionistas, pero que vivan en el extranjero. En este sentido, este trámite debe ser efectuado durante los primeros 3 meses del año y antes del 31 de marzo, para seguir cobrando la pensión.
Por tanto, si perteneces a este colectivo de pensionistas del extranjero y quieres solicitar la fe de vida (ejemplo: Estados Unidos) puedes hacerlo a través de varias formas. La primera de ellas, es mediante acto notarial de presencia o en los Registros Civiles Consulares. También, es posible conseguir este documento por medio de las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de los países donde residas. Incluso si no deseas moverte de casa, se puede hacer por videollamada. Cada país tiene un mecanismo u otro con el que se puede realizar este trámite totalmente gratis.
Sea por el medio que fuera, una vez lo hayas solicitado, se emitirá dicho certificado de fe de vida por la Embajada de la Seguridad Social de España. De esta manera, se aseguran que el pensionista sigue vivo y por ende, puede seguir cobrando la pensión.
En España no es necesario enviar la fe de vida a menos que se requiera
Por parte de los pensionistas españoles que residen en el país, son las propias entidades financieras quienes comunican a la Seguridad Social que dichas personas siguen en vida. En este sentido, será el propio banco quien pida la fe de vida, cuando dicha entidad lo considere oportuno. Esto quiere decir que no es necesario aportar este documento a no ser que nos lo soliciten por algún motivo específico. Eso sí, las personas de más avanzada edad sí suelen estar más controladas y vigiladas por dichas entidades.
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