Si estás comprendido en una edad entre los 30 y 55 años de edad, puedes solicitar estas prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Estas ayudas van especialmente dirigidas a personas desempleadas, que tiene dificultades económicas y que les cuesta encontrar empleo. Si estas personas con ingresos bajos cumplen con los requisitos establecidos, percibirán una cuantía mensual de 480 euros. Por tanto, es imprescindible saber cuáles puedes pedir para que no rechacen la solicitud y así pedir directamente aquella que puedas.
Las condiciones de estas ayudas las establece el propio SEPE con la finalidad de apoyar en la búsqueda de empleo y para las consecuencias de la crisis en España. Además, estas 5 prestaciones solo se pueden pedir una vez se haya agotado el paro y con ingresos por debajo del 75% del SMI. Recordar que para poder pedir estas prestaciones o ayudas del SEPE para desempleados por internet desde el móvil u ordenador, es necesario contar identificación electrónica. Para ello, es necesario hacer uso de Cl@ve Permanente, Cl@ve PIN, DNIe, certificado Digital o SMS.
Ayuda por cargas familiares
Esta prestación del SEPE, va destinada a individuos desempleados de edades comprendidas entre 30 y 55 años que tengan hijos menores a su cargo. Además, deben estar sin trabajo y haber agotado su periodo de prestación por desempleo (paro). También es aplicable a aquellos que cuenten con hijos adultos con una discapacidad igual o superior al 65%. En ambos escenarios, el solicitante debe formalizar un compromiso de búsqueda de empleo para demostrar su búsqueda constante de trabajo. La duración de esta prestación varía en función de dos factores: el tiempo que se haya percibido el paro y la edad del solicitante.
Ayuda para personas mayores de 45 años
Esta prestación está dirigida a personas desempleadas de 45 años o más que no cuenten con cargas familiares y registradas como demandantes de empleo. La duración de la ayuda es de 6 meses y no es prorrogable. Por tanto, una vez finalizado el cobro durante el periodo establecido, no se puede volver a pedir.
Prestación para personas mayores de 52 años
Esta prestación está dirigida a individuos desempleados de larga duración mayores de 52 años. Estos deben haber agotado su periodo de prestación por desempleo y no tener ningún tipo de ingresos, además de estar registrados como demandantes de empleo. En otras palabras, han agotado su paro y carecen de fuentes de ingresos adicionales.
Renta activa de inserción (RAI)
La Renta Activa de Inserción o RAI es una ayuda exclusiva para personas que hayan agotado las ayudas que hemos indicado anteriormente. También tiene que tener menos de 65 años y haber suscrito un compromiso de búsqueda de empleo para demostrar su disposición a encontrar trabajo.
Ayuda extraordinaria por desempleo
Si ya has agotado todas las ayudas, incluso la RAI, sigue existiendo una prestación adicional y extraordinaria por desempleo. Para ello, es necesario que hayan agotado también el paro. Es requisito para percibir la misma, no disponer de ingresos superiores al 75% del salario mínimo y haber perdido el empleo previo de forma involuntaria.
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