La ayuda de la Seguridad Social conocida como el Ingreso Mínimo Vital (IMV) constituye una prestación destinada a prevenir el peligro de pobreza y marginación social. Especialmente, va dirigida a aquellos individuos que viven en soledad o que carecen de medios económicos esenciales para satisfacer sus necesidades elementales. Esta ayuda, que se puso en marcha en 2020, tiene, desde el 1 de enero de 2023, unos pluses al empleo que complementan dicho ingreso y que fueron previamente aprobados por el Gobierno en la reunión del Consejo de ministros. Se cree que unos 100.000 hogares se beneficien de este incentivo, aumentando el IMV hasta el tope de 17.000 € al año.
¿Qué objetivo tiene este incremento del Ingreso Mínimo Vital (IMV)?
Con esta iniciativa se persigue fomentar la búsqueda de trabajo y el mejoramiento de las condiciones laborales para sus perceptores. De esta manera, se incentiva la inserción de los beneficiarios en el mercado laboral o el aumento de las horas de trabajo para aquellos que ya se encuentran empleados. Asimismo, el beneficio del IMV aumentará cuando los incrementos de sus ingresos laborales alcancen el rango del 60% al 100% de su renta asegurada.
Una de las cosas importantes sobre este plus del IMV, es saber que su cuota puede variar según tres factores:
- Composición del hogar (familias monoparentales, presencia de menores o con discapacidad).
- Cambio laboral (acceder al mercado laboral desde cero, por ejemplo).
- Incremento salarial.
¿Cuáles son los requisitos para poder ser beneficiario de este plus o incentivo del IMV?
Como cualquier prestación o ayuda de la Seguridad Social, es necesario contar con una serie de obligaciones o requisitos. En este caso, para conseguir este incremento del IMV existen uno principal: incapacidad de ingresar una cuantía superior a la renta garantizada. Para ello, se tendrá en cuenta el patrimonio, que no puede triplicar la prestación completa en un año.
Este plus se calculará de oficio y se aplicará cuando se confirme los cambios oportunos en los ingresos laborales (nuevo trabajo, mejores condiciones, etc.). Además, la Seguridad Social, recalca otros requisitos como tener al menos 23 años, no ser perceptor de alguna pensión contributiva y haber residido en España, mínimo, un año. Por último, se precisa haber vivido independientemente en caso de familias, durante un año y tres, para los que vivan solas.
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