Cuando entre en vigor el 29 de septiembre de 2023 la nueva normativa de la Ley de Bienestar Animal, los dueños de animales de compañía pueden ser sancionados desde 500 euros hasta 10.000 euros por cometer una serie de infracciones. De esta manera, se busca “alcanzar la máxima protección de los derechos y el bienestar de los animales” y así combatir, concienciar y sancionar los actos que atenten contra dichas mascotas. Con todo esto, el panorama de la tenencia de mascotas de compañía en casa cambia por completo la actitud o el pensar en tener un perro o gato.
¿Qué se considera como una infracción leve si tienes de mascota un perro? Así lo explica la nueva Ley de Bienestar Animal
Esta normativa que en unas semanas estará en funcionamiento, obliga a todas las personas que tengan un perro a tener un seguro y a realizar un curso de formación gratuito. En este sentido, en función de la gravedad existen una serie de infracciones que pueden ser leves, graves o muy graves y que tendrán diferentes sanciones que parten de los 500 euros.
En el caso de las multas por infracción leve de la Ley de Bienestar Animal, las sanciones administrativas irán desde los 500 euros hasta los 10.000 euros. Estas infracciones considera según la Ley 7/2023, de 28 de marzo, “toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal”. En este aspecto, se incluye también, la falta de comunicación de la pérdida o sustracción de un animal.
¿Cómo se determina el grado de la sanción?
La gravedad del asunto se determina según el daño infligido al animal, el grado de responsabilidad, intención, falta de precaución o negligencia y la relevancia en la sociedad o en términos de salud. Además, también se tendrá en cuenta la búsqueda de ganancias ilegales, la persistencia en la conducta infractora, la negación a someterse a inspecciones y el momento en que se pone fin a la actividad contraventora.
Aparte de las multas, pueden existir otras sanciones accesorias como la intervención del animal, retirada de armas y licencia o retirada de subvenciones o ayudas. Para conocer más noticias relacionadas con temas de interés público y novedosas, puedes dirigirte a la sección de actualidad de la Comunidad de Madrid.