Los solicitantes de una beca MEC, que no estén de acuerdo con la resolución provisional, pueden realizar las correspondientes alegaciones dentro del plazo establecido por la normativa. Durante los últimos días, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, ha estado enviando a los solicitantes por correo electrónico una notificación referida al estado de su beca. Si no se está de acuerdo con este documento, el interesado puede realizar las reclamaciones que estime convenientes. Explicamos el plazo y la forma de hacerlo de forma correcta.
Plazo de presentación de las alegaciones a la resolución provisional de la beca MEC
En los últimos días, los solicitantes de las becas MEC han recibido una notificación acerca de la resolución de la beca general para el curso 2023-2024. Recordemos que esta resolución es provisional, puesto que del 7 al 27 de septiembre se habilitará el plazo para que los interesados puedan revisar y modificar, si procede, la información referente a los datos académicos, y posteriormente se recibirá la notificación definitiva, contra la que se podrá poner un recurso de reposición.
Sin embargo, ahora mismo es el momento de presentar las alegaciones correspondientes en caso de que detectemos algún error en los datos personales o económicos. Por ejemplo, si hemos declarado tener la condición de “familia numerosa” y no nos lo han tenido en cuenta. En ese aspecto, el plazo de presentación de alegaciones es de 10 días hábiles desde que se consulte o descargue la notificación. Advertimos que, si no se descarga el documento en ese plazo establecido, la administración lo considera como “comunicado”.
Cómo se presentan las alegaciones en tu Unidad de Becas
Las alegaciones a las becas MEC serán procedentes únicamente si se basan en un error que se haya detectado en la notificación. Además, habrá que justificar con la documentación correspondiente la reclamación que se hace. Para ello, hay que rellenar el “impreso de alegaciones”, que según indica la página web del ministerio “actualmente, se puede utilizar en la convocatoria general 2023/2024”. En otros casos, hay que “entrar de nuevo en la solicitud” y hacer la reclamación en una hoja especial para alegar.
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