Da igual lo mucho o poco que se consuma en una vivienda, pero si hay un hogar dado de alta en la luz y el agua, hay que pagar recibos si o si. En este contexto, los españoles están acostumbrados a pagar las facturas por medio de domiciliación bancaria ya que es un trámite de lo más cómodo y común, sobre todo cuando hablamos de recibos de la luz y el agua. Ahora bien, el Banco de España, ha lanzado un comunicado explicando a los españoles las consecuencias que puedes tener si las domiciliaciones están en la cuenta bancaria y hacemos una devolución de los cargos. Por ello, esta noticia vamos a aclarar toda esta situación para que que quede claro que ocurre si devuelvo un recibo.
Estas son las consecuencias de devolver las facturas de la luz y del agua
El que pasen las facturas o recibos de la luz y el agua a través de las cuentas bancarias donde están domiciliadas, es algo que evita estar pendiente de tales operaciones. No obstante, cualquier persona tiene derecho a devolver el recibo de alguna de estas facturas por el motivo que sea, pero después, pueden existir consecuencias para el usuario que ha hecho tal operación. De hecho, el Banco de España, aun reconociendo que las personas tienen este derecho, avisa de las graves consecuencias en las que puede terminar. Por esta misma razón, explicarlo bien en las alegaciones de las devoluciones es motivo suficiente para que no te quiten el suministro ni eléctrico ni de gas.
Respecto a otras devoluciones de recibos en cualquier organismo público que no sean de la luz y el agua, es importante saber que se pueden aplicar otros cargos o que se pierda alguna forma de subvención que se esté recibiendo. Es más, el Banco de España, como bien dice en su blog, existen dos requisitos a cumplir para poder solicitar dicha devolución una vez autorizado previamente. No tener información del cargo que se ha pagado y no disponer de un recibo después de pagar varios de ellos.
El Banco de España recuerda la importancia de indicar con claridad las causas de la devolución
Por último, es importante saber que hay que indicar con claridad las causas de la devolución de los recibos de la luz y el agua, con un periodo establecido entre 8 y 13 meses. De todas formas, siempre va a depender de los cargos realizados, si tenía o no autorización previa. Por tanto, si no estaba autorizado el cargo, el banco tiene un plazo de 10 días hábiles para devolver dicha cantidad cobrada o justificar el recibo que se ha cargado.
Para más noticias relacionadas puedes dirigirte a la sección de actualidad de la Comunidad de Madrid para que puedas estar al día sobre otras publicaciones.