Cualquier trabajador/a como las empleadas del hogar puede pedir la baja laboral a través del cobro de la pensión de incapacidad temporal. Por tanto, si caes enfermo, bien con una enfermedad común o una profesional, se tiene que acudir al INSS para pedir dicha baja o la mutua la cuña has elegido. No obstante, cuando ocurren estas situaciones los trabajadores no saben cómo actuar. Por esto, lo principal es tener a mano el parte de baja que el centro de salud entrega antes de pedir esta prestación. Ahora bien, si dicha baja se produce por accidente o enfermedad laboral, la baja será cubierta por la mutua y se tiene que contar el dicho parte y con el certificado de empresa.
Qué pasos tiene que seguir una empleada del hogar para solicitar la baja laboral
Antes de nada, saber que el certificado de empresa, es un documento donde se reflejan las bases de cotización del trabajar en la empresa y que es necesario para solicitar esta ayuda. Cuando ya tengas los documentos preparados acude a cualquier oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Según la Seguridad Social, las personas que trabajan en estos cargos profesionales como empleada/os de hogar pueden solicitar dicha baja laboral de de formas:
tener certificado digital, accediendo desde la sección de “
La primera es tener certificado digital, accediendo desde la sección de “Gestión de la presentación de la incapacidad temporal” que puedes ver en la sede electrónica. Luego:
- Completa y envía el modelo de solicitud de esta incapacidad temporal.
- Adjuntar la copia de documentos (se indican en el mismo).
- Contar con un software para rellenar y guardar la solicitud para luego incluirla.
Una vez que hayas accedido al modelo, puedes comprobar todos los pasos detallados en el mismo. Cuando termines de realizar dicho trámite vas a recibir un PDF confirmando la solicitud. En caso de no tener certificado digital, se puede realizar el trámite de la incapacidad temporal desde la propia web del INSS.
Cuál es la cuantía de las empleadas del hogar mientras están cobrando
La cantidad de dinero que las empleadas domésticas van a cobrar será diferente. Por ello, si dicha baja fue por accidente común o no laboral, la ayuda se entregará a partir del noveno día. Concretamente, la cantidad a cobrar es del 60% de la base reguladora que posteriormente pasa al 75% (desde el día 21).
Por otro lado, cuando la incapacidad temporal fue por enfermedad profesional o accidente laboral , se cobra al día siguiente de la baja, con un 75% desde el principio del pago.
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