Con la calor a la que nos enfrentamos en este verano es inevitable no hidratarse cuando vamos conduciendo, pero este gesto puede ser motivo de sanción. Con las olas de calor que sufrimos en España actualmente, los conductores necesitan beber pequeños tragos, pero si me ve un agente de tráfico, ¿puede multar? Lo cierto es que esta situación puede generar confusiones entre las personas que van al volante. Por ello, en esta noticia vamos a sacarte de dudas y explicamos concisamente por qué nos pueden multar la Dirección General de Tráfico (DGT) hasta con 200 euros.
La importancia de hidratarnos en el vehículo puede ser a la vez una infracción leve según la DGT
La misma DGT nos advierte sobre la importancia de beber agua e hidratarnos al volante y evitemos las bebidas gaseosas o de abusar con los estimulantes, por lo que este gesto de beber en sí, no es objeto de multa. De hecho, tiene una explicación bastante sencilla, ya que la deshidratación afecta a la atención, produce cansancio, dolor de cabeza y fatiga a nivel muscular. Es más, según algunos estudios el conducir con insuficiente hidratación es equiparable a conducir bajo los efectos del alcohol.
Entonces ¿Cuál es la respuesta a esta pregunta con tanta incertidumbre sobre beber agua volante? La DGT ya ha comunicado más de una vez que no está prohibido ni beber ni comer ya que no existe una restricción específica. Esto ocurre con otras acciones como fumar, conducir con el codo en la ventanilla o conducir con chanclas. Por tanto, todo queda a juicio de una persona, el agente de tráfico que nos detenga.
Cuál es el motivo de multa de la DGT por beber agua conduciendo
La DGT concreta que beber agua puede ser sancionable cuando cualquier acción al volante suponga cierto riesgo para la conducción. De hecho, la norma prohíbe aquellos gestos que se consideran una distracción o una limitación de movimientos del conductor. Concretamente, el artículo 17.1 del Reglamento General de Conducción dice “un conductor deberá estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículos”.
Otro de los artículos, el 18.1 obliga a que “el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. Esto hace evidente que beber de una botella de agua de mas de 1 litro de capacidad dificulta la visión durante unos segundos y es muy susceptible a ser sancionado si te pillan infraganti. Además, se le suma el “no llevar las manos al volante que puede ser causa de una infracción leve”, según el artículo 13.2 de la ley de tráfico.
Por todo esto, una acción inevitable como beber agua, conlleva soltar al menos una mano (abrir botella o beber mismo), centrando la atención del conductor en la acción y no en la carretera, reduciendo al mismo tiempo la libertad de movimientos. En este sentido, si un agente de tráfico considera tal acción como una distracción, será una infracción leve castigada con 200 euros pero sin pérdida de puntos.
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