El subsidio para mayores de 52 años, es una ayuda que otorga el SEPE a las personas que, habiendo agotado la prestación por desempleo, presentan dificultades para reincorporarse al mercado laboral. En ese aspecto, recordemos que, en 2019, entró en marcha la nueva normativa por la que se rebajó la edad para poder acceder a esta ayuda, es decir, de los 55 a los 52. ¿Es ese tu caso? Si es así, el Servicio Público de Empleo Estatal, avisa acerca de las circunstancias que pueden provocar perder el derecho a cobrar el subsidio para mayores de 52 años.
Estas son las infracciones que pueden provocar que pierdas el subsidio para mayores de 52 años
Según la normativa vigente, existen una serie de infracciones que pueden provocar que pierdas el derecho a percibir el subsidio para mayores de 52 años. En ese sentido, recordemos que se trata de una prestación no contributiva que tiene la ventaja de cotizar para la jubilación mientras se cobra. Sin embargo, esta medida de protección del Servicio Público de Empleo Estatal, dirigida a los parados de mayor edad y con dificultades de inserción laboral, puede dejar de percibirse si se producen una serie de incumplimientos. En concreto, estos son algunos de ellos:
- No presentarse en las oficinas del SEPE cuando así sea requerido.
- No presentar en plazo el justificante de haber acudido a la entrevista de una oferta de trabajo concertada.
- No comunicar los cambios de residencia, con el fin de recibir correctamente las notificaciones.
- Rechazar ofertas laborales o cursos de formación sin causa que lo justifique: Recordemos que la persona en paro debe suscribir un compromiso de búsqueda activa de empleo. Por tanto, si no lo cumple perderá la prestación económica:
- 3 meses de suspensión: si es la primera vez que lo hace.
- 6 meses de suspensión: si es reincidente.
- Suspensión total: A partir de la tercera vez que se renuncie.
Asimismo, te informamos que hay infracciones consideradas muy graves, como por ejemplo: compatibilizar el subsidio para mayores de 52 años con otra actividad por cuenta propia o ajena a jornada completa. Aunque, sí que es posible hacerlo en determinados casos, esto es, cuando el trabajo sea a tiempo parcial y no supere las cuantías establecidas por la ley.
Esta prestación no contributiva del SEPE cambió su regulación en el año 2019
Como hemos mencionado al inicio, desde el año 2019, hay una nueva normativa que rige el subsidio para mayores de 52 años. Por lo tanto, además de rebajar la edad, la cuantía queda fijada en el 80% del IPREM, esto es 480€ para 2023. Asimismo, dicho importe se ingresa en la cuenta del beneficiario entre los días 10 y 15 de cada mes. En suma, si quieres ampliar la información sobre este asunto, te recomendamos consultar la página web del SEPE. Ahí, encontrarás todo lo que necesitas saber sobre los requisitos y la documentación necesaria, para poder beneficiarte de la prestación para desempleados de 52 años y no incurrir en infracciones que puedan implicar su pérdida.
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