Con el fin de aumentar la protección social del sector artístico y cultural, el pasado mes de enero el Gobierno aprobó un nueva ayuda del SEPE de hasta 600 euros. En ese aspecto, dicha prestación, que ya se puede tramitar desde el pasado 1 de julio, viene a dar respuesta a este colectivo tan afectado por la temporalidad laboral de dicho sector. ¿Es ese tu caso? Así es cómo puedes tramitar la nueva ayuda de 600€ del Servicio Público de Empleo Estatal.
Estos son los requisitos mínimos para solicitar la nueva ayuda de 600€ que ofrece el SEPE al sector cultural y artístico
El principal requisito para poder beneficiarte de esta nueva ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal, es haber sido trabajador del sector artístico o cultural. Por consiguiente, lo primero que necesitas cumplir para hacer el trámite correctamente es, obviamente, estar en situación de desempleo. Aunque, además, debes haber cotizado al menos 60 días en los últimos 18 meses, antes de cesar tu actividad profesional.
Por consiguiente, esta nueva ayuda del SEPE está destinada a las personas que están sin trabajo que no hayan cotizado lo suficiente para tener derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo. Lo que se conoce coloquialmente como “cobrar el paro”. Asimismo, esta prestación no contributiva está destinada no solo a los artistas. Además, está dirigida a todo el personal técnico y auxiliar, que les acompaña en la puesta en marcha del espectáculo.
Esta es la duración y cuantía máxima de esta nueva ayuda destinada al sector artístico
Según indica el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, esta nueva ayuda del SEPE para el colectivo de personas artistas y relacionadas con el mundo de la cultura, tiene una cuantía del 80% del IPREM. Por consiguiente, estamos hablando de un pago mensual de 480€ al mes. Sin embargo, puede pasar al 100% de dicho indicador, es decir, hasta 600 euros. Esto último, es posible en caso de que la media de cotización sea superior a los 60€ en los últimos 60 días al cese de actividad. Asimismo, la duración de esta prestación será de 4 meses. Además, no puede compatibilizarse con ningún tipo de trabajo por cuenta propia.
Por último, si quieres conocer más información acerca de otros trámites y prestaciones, te aconsejamos que entres en nuestro portal de información de la Comunidad Autónoma de Madrid.