Ya mismo entrará en vigor una nueva prestación del SEPE aprobada por el Consejo de Ministros dirigida a un sector específico. Esta ayuda la llevan esperando más de 6 meses desde que se anunció, puesto que estará accesible el próximo 1 de julio. Así se recogía el pasado 11 de enero se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, para reformar las bonificaciones a la contratación y una prestación por desempleo especial para artistas, así como personas técnicas y auxiliares. Pues bien, en esta noticia explicamos todo sobre esta ayuda, los requisitos, la duración y cuantía de la misma.
Qué es esta nueva prestación del SEPE para actividades artísticas: Requisitos
Esta ayuda del SEPE dedicada como prestación especial por desempleo a artistas y técnicos, cuenta con una serie de requisitos para poder ser beneficiario. Por tanto, para poder acceder a la misma, se debe lo primero de todo, pertenecer a este sector. Además, se necesita no llegar a los 360 días de cotización, es decir que no tenga derecho derecho a paro. También será necesario estar en situación legal de desempleo con 60 días cotizados en la actividad artística dentro en los últimos 18 meses. Otra alternativa es haber estado 180 días en los seis últimos años. En esta última situación, es importante que no se hayan tenido en cuenta para que reconozcan una prestación con anterioridad.
Donde solicitar esta ayuda: Duración, cuantía y compatibilidades
La duración de esta prestación del SEPE será de 4 meses y la cantidad a percibir será del 80% del IPREM. Existe una excepción en que dicha cantidad corresponde al 100% del IPREM (600 euros), cuando la media diaria de la base de cotización de los últimos 60 días supere los 61 euros.
Otro de los datos a tener en cuenta, es que esta ayuda especial no es compatible con el trabajo por cuenta propia o ajena. Tampoco con la renta mínima, renta de inclusión u otras ayudas de la Administración Pública. No obstante, la única ayuda que será compatible es con la percepción de derechos de propiedad intelectual y de imagen y con la pensión de jubilación ordinaria, ya que no será posible con la anticipada.
Para poder pedirla, debes estar atento a la fecha cuando estará disponible y acceder a la sede electrónica del SEPE donde vas a poder realizar la solicitud telemáticamente “Online”.
Recuerda que desde el apartado de prestaciones de la Comunidad de Madrid se pueden consultar otras ayudas del SEPE y otros organismo públicos de los que puedes beneficiarte.