La Audiencia de Bilbao confirma la pena de prisión para un reincidente que obtuvo un préstamo de 1.609 € a nombre de otra persona y lo destinó a la compra de un teléfono de alta gama. El hombre que ya tenía antecedentes por estafa deberá cumplir 17 meses de prisión tras suplantar la identidad de un tercero, solicitar un crédito online y emplear el dinero para adquirir un iPhone 13. La Audiencia Provincial de Bilbao ha ratificado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal n.º 4, que además le obliga a indemnizar al Banco Cetelem con la cantidad defraudada.
La Audiencia Provincial de Bilbao detalla cómo se fraguó el fraude digital y la compra del teléfono
El procedimiento revela que el condenado manipuló un documento nacional de identidad para hacerse pasar por la víctima. Con los datos personales y bancarios de esta persona, tramitó por internet un préstamo de 1.609 € que Cetelem autorizó sin detectar la falsedad. Una vez aprobado el crédito, el estafador destinó íntegramente el importe a la compra de un iPhone 13 en una tienda online. El dispositivo fue entregado en su domicilio por una empresa de mensajería; en ese momento exhibió el DNI falsificado para acreditar una identidad que no le pertenecía.
La defensa intentó exonerar a su cliente señalando que la entidad financiera no verificó con suficiente rigor la identidad del solicitante. Sin embargo, la Audiencia considera que, aun cuando Cetelem pudiera haber aplicado controles más estrictos, la operación se ejecutó gracias a la presentación de documentación falsificada, lo que desplaza la responsabilidad penal al acusado. El tribunal recuerda que la rapidez inherente a los canales digitales facilita actuaciones ilícitas, pero esa circunstancia no exime de responsabilidad a quienes actúan con ánimo de engaño y obtienen un beneficio económico indebido. Por ello, mantiene la condena por un delito de estafa en concurso con falsedad documental.
Reincidencia del condenado e impacto de la sentencia en la prevención de futuras estafas digitales en el sector financiero
Fran Peláez, abogado del despacho PenalTech y especialista en ciberfraude, advierte de que la contratación de productos financieros mediante identidades ajenas se ha convertido en una práctica cada vez más frecuente. A su juicio, el entorno digital deja rastro de cada operación, lo que facilita la investigación, pero no reduce el daño inmediato a las víctimas ni a las entidades que sufren el impago inicial. El condenado ya contaba con antecedentes por estafa, circunstancia que el tribunal tuvo en cuenta para graduar la pena. La resolución envía un mensaje claro a posibles defraudadores: la sofisticación de la técnica no atenúa la respuesta penal.
Asimismo, el pronunciamiento sirve de advertencia a las entidades financieras sobre la necesidad de reforzar los protocolos de verificación en operaciones remotas. Aunque la Audiencia descarta responsabilidad penal para Cetelem en este caso, sugiere que mayores controles habrían podido evitar la concesión del préstamo fraudulento. En este sentido, la sentencia se perfila como referencia para futuros litigios relacionados con la suplantación de identidad y los créditos rápidos en línea, delineando los límites entre la diligencia empresarial y la responsabilidad de quienes recurren al engaño para lucrarse.
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